MATERIAL ESTRATÉGICO SUSCEPTIBLE DE RECICLAJE
En la Gaceta Oficial No. 42.092 de fecha 22 de marzo de 2021, se publicó el Decreto No. 4.445 del 24 de febrero de 2021 (el Decreto), dictado por la Presidencia de la República, mediante el cual se declaró de carácter estratégico para el desarrollo de la economía nacional los desechos y residuos metálicos, ferrosos, de aluminio, cobre, hierro, bronce, acero, níquel u otro tipo de metal, la chatarra naval, aeronáutica, eléctrica y electrónica, en cualquier condición, así como los residuos sólidos no metálicos, fibra óptica y fibra secundaria, producto del reciclaje de papel y cartón, en cualquier condición, que a efectos del Decreto se denominarán en su conjunto “material estratégico susceptible de reciclaje”. El Decreto establece que queda reservado al Ejecutivo Nacional, a través de la Corporación Ecosocialista Ezequiel Zamora, S.A. (CORPOEZ), la compra de material estratégico susceptible de reciclaje proveniente del sector público nacional.
Asimismo, el Decreto prohíbe la exportación de material estratégico susceptible de reciclaje. Sólo excepcionalmente y previa autorización del Vicepresidente Ejecutivo podrá exportarse dicho material estratégico.
Se deroga el régimen legal 4 para la exportación del material estratégico susceptible de reciclaje establecido en el Decreto No. 2.647 de fecha 30 de diciembre de 2016, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.281 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2016. Igualmente, se deroga el Decreto No. 3.247 publicado en Gaceta Oficial No. 41.323 del 18 de enero de 2018, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que contravenga lo ordenado en el Decreto.
El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
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