REGISTRO DE INFORMACIÓN Y HECHOS ECONÓMICOS EN CRIPTOACTIVOS SOBERANOS
En la Gaceta Oficial No. 41.763 de fecha 19 de noviembre de 2019, quedó publicado el Decreto No. 4.025 de fecha 19 de noviembre de 2019 (el “Decreto”) dictado por el Presidente de la República, mediante el cual se estableció la obligación para las personas naturales y jurídicas públicas y privadas de registrar la información y hechos económicos expresados contablemente en Criptoactivos Soberanos, sin perjuicio de su registro en bolívares según corresponda.
La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP) dictará la normativa aplicable en un lapso de 60 días contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto.
El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
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