CALENDARIO DE SUJETOS PASIVOS ESPECIALES PARA DECLARACIÓN Y PAGO DE IVA
En la Gaceta Oficial No. 41.613 de fecha 09 de abril de 2019, se publicó la Providencia Administrativa SNAT/2019/00048 (“la Providencia”) de fecha 07 de marzo de 2019, dictada por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se estableció el Calendario para la Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) de los Sujetos Pasivos Especiales que realicen las actividades mencionadas en la Providencia.
Los Sujetos Pasivos Especiales que se dediquen a realizar actividades mineras o de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y transporte, y no sean perceptores de regalías derivadas de dichas explotaciones; deberán presentar las declaraciones y efectuar los respectivos pagos del IVA mensualmente, de acuerdo al último dígito del Registro Único de Información Fiscal (“RIF”), en las fechas de vencimiento del calendario publicado en la Providencia.
Los Sujetos Pasivos Especiales que realicen exclusivamente actividades exentas o exoneradas, deberán presentar la declaración informativa del IVA trimestralmente, de acuerdo al último dígito del RIF, en las fechas de vencimiento del calendario publicado en la Providencia. La declaración trimestral del IVA generará los anticipos de Impuesto sobre la Renta que deben ser pagados en la fecha señalada en el respectivo compromiso de pago.
La Providencia entró en vigencia el 09 de abril de 2019.
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